La instalación de un sistema de interconexión para la generación de energía solar, ya sea mediante el microinversor BDM-600 o inversores de cadena EPCOM POWER LINE®, requiere formalizar un contrato con la Comisión Federal de la Electricidad (CFE).
Operar un sistema de este tipo sin el previo consentimiento y el contrato de contraprestación vinculado al equipo generador no es aceptable. Este documento estipula que ambas partes están de acuerdo en que se genere la energía eléctrica y se inyecte a la red.
Elementos indispensables para el contrato
Para realizar el contrato, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Llenar el ‘Formato de Solicitud de Interconexión’, donde se especifican los datos del cliente, del instalador, coordenadas, tipo de tecnología, etc.
- Solicitar el recibo de luz del servicio donde se va a realizar la conexión.
- Presentar una carta poder donde se autoriza al instalador realizar cambios por el propietario en su recibo eléctrico. En caso de que el servicio se encuentre a nombre de un negocio o industria, se requiere una carta administrativa expedida por el solicitante.
- Entregar fichas técnicas de los equipos y certificados de calidad de los mismos.
- Proporcionar el diagrama de conexión, fotografías del sistema instalado y un mapa mostrando la ubicación y las coordenadas del equipo ya instalado.
Proceso y consideraciones técnicas
Después de cumplir con los requisitos documentales, el resto del trámite consiste en recabar las firmas necesarias de la persona a nombre del servicio eléctrico.
Es importante recordar que para realizar un trámite de interconexión se debe tener un servicio de 220 Vca en 2 fases. Por lo tanto, si no se cuenta con este tipo de servicio, se puede solicitar un aumento de carga a la CFE para tener acceso a ello.




